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Jueves, 27 Febrero 2025 08:02

CORRECCIÓN DE ERRORES DE LAS BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA SELECCIÓN DE OCHO DE ALUMNOS/AS-TRABAJADORES/AS DEL PROGRAMA TALLERES+

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AYUNTAMIENTO DE ALBALATE DE ZORITA


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Debido a errores no materiales o de hecho existentes en las bases aprobadas con fecha 13 de febrero de 2025 del Proceso de selección para la constitución de una bolsa de trabajo para la selección de 8 plazas de ALUMNO/A-TRABAJADOR/A, de personal laboral temporal del Programa Talleres+ 2024, a desarrollar en 2025, dependiente de este Ayuntamiento, al amparo de las ayudas convocadas por la Resolución de 12/11/2024, de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en el marco del Programa Talleres+ (líneas 1 y 2) para el año 2024 (DOCM nº 222, de 15/11/2024), con arreglo a lo establecido en la Orden 189/2024, de 7 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa Talleres+ (DOCM nº 218, de 11/11/2024) según la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 109.2 La Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las funciones conferidas por el artículo 21 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, 7/1985 de 2 de abril. Resuelve:

Primero: Modificar las citadas bases en el punto “Sexto: Criterios de selección”, donde dice:

“2. Situación /Expectativa laboral (Máximo 4 puntos)

a) Adaptabilidad/Idoneidad con la Especialidad (Máximo 5 puntos):

  • Cursos de formación entre 30 y 60 horas en dicha especialidad o relacionada con el puesto de trabajo (2 puntos).

La acreditación de este extremo se efectuará a través de certificado de asistencia o título acreditativo compulsado en el que figuren el número de horas, así como las materias impartidas. Aquellos certificados, títulos o diplomas que no especifiquen la duración en horas no serán valorados.

b) Perfil Emprendedor (Máximo 2 puntos). Se valorará las siguientes circunstanciasen los últimos 4 años:

  • Haber estado dado de Alta en el Régimen de Autónomos, excepto en la especialidad correspondiente a este Taller de Empleo (2 puntos). La acreditación de este extremo se realizará por medio de un certificado de la Agencia tributaria.
  • Haber creado una empresa mercantil o una cooperativa de trabajo, excepto en la especialidad correspondiente a este programa Talleres + (2 puntos).”

Debe decir:

“2. Situación /Expectativa laboral (Máximo 2 puntos)

a) Adaptabilidad/Idoneidad con la Especialidad (Máximo 1 punto):

  • Cursos de formación entre 30 y 60 horas en dicha especialidad o relacionada con el puesto de trabajo (1 punto).

La acreditación de este extremo se efectuará a través de certificado de asistencia o título acreditativo compulsado en el que figuren el número de horas, así como las materias impartidas. Aquellos certificados, títulos o diplomas que no especifiquen la duración en horas no serán valorados.

b) Perfil Emprendedor (Máximo 1 punto). Se valorará las siguientes circunstanciasen los últimos 4 años:

  • Haber estado dado de Alta en el Régimen de Autónomos, excepto en la especialidad correspondiente a este Taller de Empleo (1 punto). La acreditación de este extremo se realizará por medio de un certificado de la Agencia tributaria.
  • Haber creado una empresa mercantil o una cooperativa de trabajo, excepto en la especialidad correspondiente a este programa Talleres + (1 punto).”

Modificar el Anexo I, donde dice:

“ANEXO I

PUNTACIÓN DE BAREMACIÓN

1. Pertenencia a colectivos prioritarios (máximo 8 puntos):

a) Parados/as de larga duración (Inscritos/as en el Servicio Público de Empleo de la Consejería competente). Se computará hasta un máximo de 3 puntos:

* Más de 12 meses y menos de 24 meses.

1

* Más de 24 meses y menos de 36 meses.

2

* Más de 36 meses.

3

b) Mayores de 52 años.

2

c) Personas con discapacidad (minusvalía reconocida igual o superior al 33%).

1

d) Personas en situación de exclusión social.

1

e) Personas víctimas de terrorismo.

1

2. Situación /Expectativa laboral (máximo 4 puntos):

a) Adaptabilidad/ Idoneidad con la Especialidad (Máximo 2 puntos):

* Cursos de formación entre 30 y 60 horas en dicha especialidad o similar

2

b) Perfil Emprendedor (Máximo 2 puntos). Se valorará las siguientes circunstancias en los últimos 4 años:

* Haber estado dado de Alta en el Régimen de Autónomos.

2

* Haber creado una empresa mercantil o una cooperativa de trabajo.

2

3. Otras situaciones:

Se restarán 10 puntos a aquellos/as candidatos/as que hubieran participado en Programas Mixtos en los últimos 5 años.”

Debe decir:

“ANEXO I

PUNTACIÓN DE BAREMACIÓN

1. Pertenencia a colectivos prioritarios (máximo 8 puntos):

a) Parados/as de larga duración (Inscritos/as en el Servicio Público de Empleo de la Consejería competente). Se computará hasta un máximo de 3 puntos:

* Más de 12 meses y menos de 24 meses.

1

* Más de 24 meses y menos de 36 meses.

2

* Más de 36 meses.

3

b) Mayores de 52 años.

2

c) Personas con discapacidad (minusvalía reconocida igual o superior al 33%).

1

d) Personas en situación de exclusión social.

1

e) Personas víctimas de terrorismo.

1

2. Situación /Expectativa laboral (máximo 2 puntos):

a) Adaptabilidad/ Idoneidad con la Especialidad (Máximo 1 punto):

* Cursos de formación entre 30 y 60 horas en dicha especialidad o similar

1

b) Perfil Emprendedor (Máximo 2 puntos). Se valorará las siguientes circunstancias en los últimos 4 años:

* Haber estado dado de Alta en el Régimen de Autónomos.

1

* Haber creado una empresa mercantil o una cooperativa de trabajo.

1

3. Otras situaciones:

Se restarán 10 puntos a aquellos/as candidatos/as que hubieran participado en Programas Mixtos en los últimos 5 años.”

Segundo: Mantener el plazo de presentación de solicitudes inicial hasta el 7 de marzo de 2025 inclusive. Asimismo, todas las solicitudes presentadas entre el día 20 de febrero de 2025 y el día de la publicación de las bases de la convocatoria corregidas en el Boletín Oficial de la Provincia, se entienden presentadas, no siendo necesario volver a presentar la solicitud y documentación requerida en estas Bases.

Tercero: Publicar el actual decreto en el tablón de anuncios y B.O.P.

En Albalate de Zorita, 24 de febrero de 2025. Fdo.: Alcaldesa Presidenta en funciones Dña. María Isabel Ortiz Morante.

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